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Trabajo en feriados

TuSalario.org/Peru. Ley laboral: tu derechos durante el trabajo en feriados.

El derecho al descanso remunerado en días feriados puede encontrarse en el Texto Oficial de la Síntesis de la Legislación Laboral, capítulo III titulado “Obligaciones del empleador relativas a derechos y beneficios de los trabajadores”, apartado 17 “Descansos remunerados”.

¿Cuáles son los feriados que dispone la ley?

  • Año Nuevo (1 de enero)
  • Jueves Santo y Viernes Santo (movibles)
  • Día del Trabajo (1 de mayo)
  • San Pedro y San Pablo (29 de junio)
  • Fiestas Patrias (28 y 29 de julio)
  • Santa Rosa de Lima (30 de agosto)
  • Combate de Angamos (8 de octubre)
  • Todos los Santos (1 de noviembre)
  • Inmaculada Concepción (8 de diciembre)
  • Navidad del Señor (25 de diciembre)

¿Se pagan los feriados?

Sí. Los trabajadores tienen derecho a percibir por el día feriado no laborable la remuneración ordinaria correspondiente a un día de trabajo, el cual se abonará en forma directamente proporcional al número de días efectivamente trabajados, salvo el Día del Trabajo, que se percibirá sin condición alguna.

¿Cuál es la forma de pago por trabajar en días feriados?

El trabajo efectuado en los días feriados no laborables sin descanso sustitutorio dará lugar al pago de la retribución correspondiente por la labor efectuada, con una sobretasa del 100%.

Convenios de la OIT sobre vacaciones y trabajo en días festivos

  • Convenio 132 (1970) sobre las vacaciones pagadas 
  • Convenios 14 (1921), 47 (1935) y 106 (1957) para los días de descanso semanal. Además, para varias industrias, los Convenios se aplican diferentes. 

Vacaciones pagas 
Un empleado tiene derecho a por lo menos 21 días consecutivos de vacaciones anuales retribuidas. Las fiestas nacionales y religiosas no están incluidas. Los convenios colectivos deben proporcionar por lo menos un día de permiso anual sobre la remuneración total por cada 17 días en los que el empleado trabajó o tenía derecho a la paga. 

Paga en días festivos 
Usted debe tener derecho a un permiso retribuido durante los días festivos nacionales y reconocidos oficialmente. 

Día de descanso semanal 
Los trabajadores deberían disfrutar de un descanso de al menos 24 horas consecutivas por cada período de 7 días (1 semana) 

Compensatorios 
Si usted tiene que trabajar en un día festivo nacional / religioso o un día de descanso semanal, tendrá derecho a una compensación. No necesariamente en la misma semana, a condición de que el derecho a la compensación pagada no se pierde. 

Fines de semana/Días festivos 
Si usted tiene que trabajar durante el fin de semana, tiene el derecho a un período de descanso de 24 horas ininterrumpidas como compensación. No necesariamente en el fin de semana, pero por lo menos en el curso de la semana siguiente. Del mismo modo, si usted tiene que trabajar en un día festivo, se le debe otorgar un día de fiesta compensatoria. Una paga más alta por trabajar en un día festivo o un día de descanso semanal no reemplaza su derecho al descanso en un día de festivo.

Perú ha ratificado los Convenios 14 y 106.

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